Criterios de aprobación — Curva S de contratos de obra
🎯 Objetivo de los criterios
Orientar al supervisor en la revisión de la programación de obra, verificando que refleje un flujo de trabajo constante y progresivo, con arranque activo desde el inicio del plazo. Estos criterios apoyan la decisión de aprobación y reducen el riesgo de concentrar actividades en los últimos meses del contrato.
📐 Grupo 1 — Criterios de cuartos del plazo
Verificación directa sobre la curva S en tres momentos clave. Cada punto tiene piso (evita arranque perezoso) y techo (evita concentración al inicio o inflado de avances).
F(25% del plazo) : entre 8% y 25% acumulado
F(50% del plazo) : entre 30% y 62% acumulado
F(75% del plazo) : entre 60% y 90% acumulado
Se leen directamente sobre la curva S graficada o se interpolan de los datos de programación. Sin cálculos adicionales.
📊 Grupo 2 — Indicadores de forma Cc y Cu
Evalúan la forma matemática de la distribución incremental de trabajo (histograma). Se calculan a partir de los percentiles D20, D40 y D60 del tiempo en que se completan el 20%, 40% y 60% del avance.
Cc = (D40)² / (D60 × D20) → rango: 1.089 – 1.209
Cu = D60 / D20 → rango: 1.628 – 2.333
La herramienta los calcula automáticamente a partir de los datos registrados, para que el supervisor concentre su revisión en la consistencia de la programación y en la decisión técnica.
✅ VIABLE
Cumple los criterios obligatorios de avance acumulado y no presenta alertas relevantes de forma. La programación refleja un flujo sostenido y predecible. Se recomienda su aprobación.
⚠ VIABLE CON ALERTAS
Cumple los tres puntos obligatorios F(25%), F(50%) y F(75%), pero presenta alertas en Cc o Cu. Se sugiere aprobación con revisión técnica especial y seguimiento reforzado durante la ejecución.
❌ NO VIABLE — Requiere rediseño
Incumple uno o más de los tres hitos obligatorios de avance acumulado: F(25%), F(50%) o F(75%). Se recomienda no aprobar hasta que el contratista reformule la curva S.
🗂 Tabla de criterios y alertas de control
| Criterio | Piso (mín.) | Techo (máx.) | Riesgo que controla |
| F(25% del plazo) | ≥ 8% | ≤ 25% | Arranque perezoso / inflado temprano |
| F(50% del plazo) | ≥ 30% | ≤ 62% | Desequilibrio en la mitad del plazo |
| F(75% del plazo) | ≥ 60% | ≤ 90% | Concentración en el último cuarto |
| Cc | ≥ 1.089 | ≤ 1.209 | Asimetría excesiva de la distribución |
| Cu | ≥ 1.628 | ≤ 2.333 | Concentración extrema al inicio o al final |
Criterios de seguimiento — Índice de Desempeño del Cronograma (SPI)
📍 ¿Qué mide el SPI?
El SPI (Schedule Performance Index) relaciona el avance físico real ejecutado con el avance programado en la Curva S aprobada para el mismo corte de control:
SPI = % Avance Ejecutado ÷ % Avance Programado
SPI = 1.0
Ejecución exactamente
conforme a lo programado
SPI > 1.0
Ejecución adelantada
respecto a la programación
SPI < 1.0
Ejecución rezagada
respecto a la programación
🗓 División del plazo en etapas
El plazo contractual se divide en tres etapas de igual duración. Los umbrales de SPI son progresivamente más exigentes a medida que avanza el contrato, reflejando que una desviación en la etapa final es más grave que la misma desviación en la etapa inicial.
Etapa 1 : 0% al 33% del plazo
Etapa 2 : 34% al 67% del plazo
Etapa 3 : 68% al 100% del plazo
📊 Franjas de SPI por etapa y medidas asociadas
| Etapa |
Rango SPI |
Clasificación |
Medidas requeridas |
Etapa 1 0% – 33%
|
SPI > 70% |
Superior |
Requerir al contratista la presentación de un plan de contingencia. |
| 40% ≤ SPI ≤ 70% |
Intermedio |
Requerir al contratista un plan de contingencia y evaluar la aplicación de posibles descuentos. |
| SPI < 40% |
Inferior |
Requerir al contratista un plan de contingencia y evaluar la aplicación de posibles descuentos. |
|
Etapa 2 34% – 67%
|
SPI > 80% |
Superior |
Requerir al contratista la presentación de un plan de contingencia. |
| 55% ≤ SPI ≤ 80% |
Intermedio |
Requerir al contratista un plan de contingencia y evaluar la aplicación de posibles descuentos. |
| SPI < 55% |
Inferior |
Requerir al contratista un plan de contingencia y evaluar la aplicación de posibles descuentos. |
|
Etapa 3 68% – 100%
|
SPI > 90% |
Superior |
Requerir al contratista la presentación de un plan de contingencia. |
| 70% ≤ SPI ≤ 90% |
Intermedio |
Requerir al contratista un plan de contingencia y evaluar la aplicación de posibles descuentos. |
| SPI < 70% |
Inferior |
Requerir al contratista un plan de contingencia y evaluar la aplicación de posibles descuentos. |
⚡ SPI Ajustado — atraso no imputable al contratista
El SPI oficial compara el avance ejecutado contra el 100% del avance programado, sin distinguir la causa del atraso. Cuando parte del rezago obedece a causas no imputables al contratista (por ejemplo, suspensiones reconocidas, hechos de fuerza mayor, o demoras atribuibles a la entidad) y esa causa está debidamente sustentada y reconocida por la supervisión, la herramienta calcula adicionalmente un SPI Ajustado que descuenta ese porcentaje del avance programado antes de comparar.
% Programado ajustado = % Programado − % Atraso no imputable
SPI Ajustado = % Avance ejecutado ÷ % Programado ajustado
El SPI Ajustado se clasifica en Superior / Intermedio / Inferior con los mismos umbrales de la etapa correspondiente (tabla anterior), aplicados sobre el valor ajustado en lugar del SPI oficial.
Cuándo usarlo: el SPI Ajustado es un indicador complementario, no reemplaza al SPI oficial. Debe emplearse únicamente cuando la causa del atraso no imputable esté sustentada y reconocida por la supervisión (soportes, actas, comunicaciones oficiales); no debe registrarse como una simple estimación del contratista.
Dónde se diligencia: en la pestaña Seguimiento, columna "% Atraso No Imp.", por cada corte. Si el campo se deja vacío, el SPI Ajustado no se calcula para ese corte y solo se muestra el SPI oficial.
Registro de soporte: toda causa de atraso registrada debe respaldarse en el "Registro de causas de atraso" de la pestaña Seguimiento, donde se documentan la fecha del reporte, la observación, si ya cuenta con solución y su fecha. Ese registro se conserva como histórico y se incluye en el informe de seguimiento.
Nota metodológica: El SPI se calcula siempre respecto a la Curva S aprobada como línea base. Una reprogramación aprobada reemplaza la línea base y reinicia el cálculo del SPI desde el nuevo punto de partida.